miércoles, 29 de octubre de 2014

7 PREGUNTAS SOBRE EL ACUERDO TRANSATLANTICO EE.UU.-UNION EUROPEA CUYA RESPUESTA DEBIERAS CONOCER





1. ¿Qué es el Tratado Transatlántico?

El Acuerdo Transatlántico para el Comercio y la Inversión (conocido por el acrónimo en inglés TTIP), es un tratado que se está negociando en la actualidad entre los Estados Unidos y la Unión Europea para “aumentar el comercio y la inversión entre la UE y los EE.UU. haciendo realidad el potencial sin explotar de un auténtico mercado transatlántico que genere nuevas oportunidades económicas de creación de empleo y crecimiento mediante un mejor acceso al mercado y una mayor compatibilidad reglamentaria y marcando una pauta en materia de normas mundiales”
Para lograr este objetivo, “el Acuerdo estará formado por tres componentes clave: a) acceso al mercado, b) cuestiones reglamentarias y barreras no arancelarias (BNA) y c) normas. Estos tres componentes se negociarán de forma paralela y formarán parte de un acto único que garantice un resultado equilibrado entre la eliminación de derechos, la eliminación de obstáculos reglamentarios al comercio innecesarios y la mejora de las normas que den lugar a resultados importantes en cada uno de estos componentes y una apertura efectiva y recíproca de los respectivos mercados”, tal como señala el mandato negociador que recibió la Comisión Europea.

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viernes, 20 de junio de 2014

Aspectos jurídicos de la toma de posesión del nuevo Rey

Yo no soy nada monárquico pero la verdad es que me preocupa la sucesión de dislates jurídicos que se han cometido durante este proceso. Y quiero, además, llamar la atención sobre el problema que se puede venir encima

a) Se utiliza la Ley de Racionalización del Sector Público para incluir el régimen de aforamiento del exRey. Yo si hubiera sido Juan Carlos me hubiera negado en redondo. Eso es el objeto de una ley que lleve ese nombre, no una inclusión vergonzante en una disposición adicional. No entiendo para qué narices se hace la Ley de abdicación, que es el sitio donde tendría que haberse puesto esto. 

b) Ya sé lo que se ha oído sobre el momento en que Felipe VI es jefe del Estado. Están equivocados. Lo es desde el momento en que toma posesión. Es una regla clásica de los cargos públicos, aunque sea peculiar como este. Estuvimos sin Jefe del Estado un día aproximadamente…  No ha pasado nada, pero la realidad es esa.

c) Esas demandas de paternidad que se han presentado y que se activarán ahora pueden provocar un problema jurídicamente interesante: el que dice ser hijo del exRey tiene preferencia sobre el actual Rey, aplicando las reglas del artículo 57. Recordemos que en España no hay diferencia entre hijos matrimoniales y no matrimoniales (afortunadamente)… ¿Qué valor tiene la toma de posesión de ayer? 

Y digo yo, con lo sencillo que se soluciona esto: votemos al jefe del estado y no estaríamos con estas cosas!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!

Incorporo una entrevista que se le hace en la cadena SER  a Joan Queralt, Catedrático de Derecho penal en la Universidad de Barcelona sobre el aforamiento: